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Deportaciones

5 claves de la decisión de la Corte Suprema que da luz verde a las deportaciones rápidas de Trump bajo la Ley de Enemigos Extranjeros

La decisión representa una victoria para el gobierno del presidente Donald Trump ya que le permite continuar deportando a personas de las que alega sospecha de que forman parte de la pandilla venezolana Tren de Aragua (TDA), pero los demandantes también ven puntos positivos ya que da a los detenidos la oportunidad de impugnar su caso.
Publicado 8 Abr 2025 – 05:42 AM EDT | Actualizado 8 Abr 2025 – 05:42 AM EDT
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La Corte Suprema de Estados Unidos anuló el lunes la orden de un tribunal federal de primera instancia que impedía al gobierno de Donald Trump continuar con las deportaciones expeditas bajo la controvertida Ley de Enemigos Extranjeros de 1798, dando así luz verde a las polémicas expulsiones.

Y aunque la decisión representa una victoria para la istración Trump, pues le permite continuar expulsando a El Salvador a personas de las que alega sospecha de que forman parte de la pandilla venezolana Tren de Aragua (TDA), también introduce límites a la práctica ya que exige que se respete el debido proceso y el derecho a la defensa.

Hasta este martes, con la Ley de Enemigos Extranjeros se había expulsado al menos 137 personas, sin darles oportunidad de defenderse, lo cual ha sido criticado por fallos judiciales y grupos de derechos humanos.

Estas son las claves de la decisión de la Corte Suprema.

1. La orden fue decidida por un punto técnico

La orden determina que quienes impugnaron las deportaciones bajo la Ley de Enemigos Extranjeros debieron haber demandado la ilegalidad de los arrestos en las jurisdicciones donde estuvieron detenidos a través peticiones de habeas corpus individuales.

Los demandantes, representados por las organizaciones Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU) y Democracy Forward, buscaron bloquear las deportaciones de todos los venezolanos que pudieran haberse visto afectados por la invocación de la Ley de Enemigos Extranjeros en un tribunal federal de Washington DC.

2. Se trata de una orden temporal

La orden será válida hasta que los detenidos impugnen sus arrestos de la manera en que la decisión de la Corte Suprema lo indica, y siempre y cuando las peticiones de habeas corpus sean concedidas por los tribunales federales de las jurisdicciones donde fueron detenidos.

3. La orden indica que las deportaciones están sujetas a revisión judicial

La orden determinó que las deportaciones ordenadas bajo la proclamación con base en la Ley de Enemigos Extranjeros de Trump está sujeta a revisión judicial.

A tal fin, la Corte Suprema ordenó que las personas también deben recibir la notificación adecuada para impugnar sus detenciones ante los tribunales.

"Más específicamente, en este contexto, los detenidos bajo la Ley de Enemigos Extranjeros deben recibir notificación después de la fecha de esta orden de que están sujetos a deportación bajo la Ley. La notificación debe proporcionarse dentro de un plazo razonable y de tal manera que les permita solicitar el habeas corpus en la jurisdicción correspondiente antes de que se produzca dicha deportación", dijo la orden de la corte.

“El punto clave de este fallo es que la Corte Suprema determinó que las personas deben tener al debido proceso para impugnar su deportación bajo la Ley de Enemigos Extranjeros. Esta es una victoria importante”, declaró el subdirector del Proyecto de Derechos de los Inmigrantes de la ACLU y abogado principal de la organización, Lee Gelernt.

4. Fue una decisión dividida

A pesar de que los conservadores cuentan con una mayoría de seis jueces, contra las tres juezas de liberales, la decisión fue cinco a cuatro, ya que la jueza conservadora Amy Coney Barrett votó con la minoría.

En la opinión disidente, redactada por la jueza Sonia Sotomayor, se dice que no se consideró “ el grave daño que enfrentarán los demandantes si son deportados erróneamente a El Salvador ni los intentos del gobierno de subvertir el proceso judicial a lo largo de este litigio”.

La Corte Suprema “no debe recompensar los esfuerzos del gobierno por erosionar el Estado de derecho con una compensación equitativa discrecional", agrega la opinión disidente.

5. La Corte Suprema no se pronunció sobre la legalidad de la invocación de la Ley de Enemigos Extranjeros

El 15 de marzo Trump firmó una proclamación que ordenaba la deportación de individuos que, según el gobierno, eran del TDA, la pandilla venezolana que había sido designada por el Departamento de Estado como organización terrorista extranjera el 6 de febrero, basado en la Ley de Enemigos Extranjeros de 1798.

Inmediatamente, las autoridades de inmigración comenzaron a llenar aviones con extranjeros para trasladarlos a una prisión en El Salvador, donde fueron detenidos sin haber sido enjuiciados y ni siquiera acusado de ningún crimen.

Otros cinco señalados por el gobierno de ser pandilleros que no habían sido deportados presentaron una demanda ante un tribunal federal para detener su expulsión. El juez federal de distrito James Boasberg, en Washington DC, ordenó parar temporalmente las expulsiones e instruyó al gobierno que devolviera los aviones que ya estaban en ruta a El Salvador, lo cual no ocurrió.

Ese fue el fallo anulado por la Corte Suprema el lunes.

La corte, sin embargo, no decidió explícitamente sobre la validez de la invocación por el gobierno de Trump de la polémica Ley de Enemigos Extranjeros de 1798, que solo se había utilizado tres veces en la historia de Estados Unidos hasta la fecha, y siempre durante una guerra declarada por el Congreso.

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